Sentencia del Consejo de Estado de Colombia, fechada el 27 de febrero de 2025. Se trata de un caso de nulidad interpuesto por Rafael Vanegas Herrera contra una parte del Decreto Reglamentario 2112 de 2019.
Este decreto modificó el Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria 1625 de 2016, específicamente la definición de "actividades comerciales" dentro de una zona económica especial (ZESE).
El demandante argumentó que la definición de "actividades comerciales" en el decreto excluye erróneamente las "actividades de servicios", contradiciendo la Ley 1955 de 2019. Alegó que esta exclusión excede la potestad reglamentaria del gobierno.
La sentencia analiza la demanda y la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE). El Consejo de Estado declara probada la excepción de falta de legitimación pasiva del DAPRE, ya que no es el ente responsable de defender el decreto en cuestión. Finalmente, la sentencia niega las pretensiones del demandante, argumentando que la definición del decreto no contradice la Ley 1955 de 2019 y que la exclusión de las actividades de servicios es correcta según la legislación vigente. No hay condena en costas...