Este documento de la DIAN, trata sobre la retención en la fuente para pagos por honorarios. Se centra en la aclaración de cómo calcular la retención cuando los pagos no son mensuales, sino que se acumulan.
El problema: La DIAN había emitido oficios previos (913305 y 915218) con interpretaciones sobre el artículo 383 del Estatuto Tributario, que generaron confusión sobre si la retención se calcula sobre el total acumulado o sobre cada pago mensualizado.
La solución: Este documento aclara que, aunque los pagos se realicen de forma irregular, la retención debe calcularse mensualmente. Se debe dividir el valor total del contrato (menos los aportes a salud y pensión) entre el número de meses de vigencia. Luego, se aplica la tarifa de retención a cada pago mensualizado y se suman las retenciones para determinar el total a retener al momento del pago. Este proceso se llama "mensualización".
En resumen: Si te pagan honorarios de forma irregular, no se calcula la retención sobre el total recibido de una vez. Se debe calcular la retención mensual y sumar las retenciones de todos los meses para obtener el total a retener al momento del pago. El documento busca aclarar la interpretación correcta del Estatuto Tributario para evitar desigualdades entre contribuyentes...