Sentencia de segunda instancia del Consejo de Estado de Colombia que resuelve un litigio entre Empresas Públicas de Medellín (EPM) y el municipio de Puerto Nare por el pago del impuesto de industria y comercio (ICA) para los años 2015 y 2016.
El conflicto: El municipio de Puerto Nare modificó las declaraciones de impuestos de EPM, adicionando ingresos por la comercialización de gas y la transmisión de energía, e imponiendo una sanción por inexactitud. EPM apeló esta decisión.
Los argumentos de EPM: EPM argumentó que:
Comercialización de gas: La transacción de gas entre dos vicepresidencias internas de EPM no constituía una actividad comercial sujeta al ICA, ya que no cumplía con los requisitos de bilateralidad propios de una compraventa. Era un movimiento interno de recursos, no una venta. Transmisión de energía: Los ingresos por transmisión de energía no se obtuvieron completamente en los periodos fiscalizados, debido a un acuerdo de pagos diferidos. Además, la tributación debía ser proporcional a los municipios donde se encuentra ubicada la subestación, no solo en Puerto Nare.
Sanción por inexactitud: La sanción se calculó incorrectamente.
La decisión del Consejo de Estado: El Consejo de Estado revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la improcedencia de la adición de ingresos por la comercialización interna de gas. Sin embargo, mantuvo la adición de ingresos por transmisión de energía (excluyendo los "ingresos diferidos"), ya que la ubicación de la subestación en Puerto Nare justificaba la tributación. La sanción por inexactitud también se modificó, recalculando su valor.
En resumen, el Consejo de Estado aclaró la aplicación del impuesto de ICA en estas situaciones específicas, anulando parcialmente las liquidaciones del municipio y estableciendo el cálculo correcto del impuesto y la sanción...